UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES Y DE LA ECONOMÍA INFORMAL - UGTI - VALLE DEL CAUCA

La Unión General de Trabajadores Independientes y de la Economía Informal, UGTI Subdirectiva Valle del Cauca, con respecto a los operativos de “control” realizados por la administración municipal de Cali en cabeza de la secretaria de Seguridad y Justicia y la Policía Metropolitana expone lo siguiente:

1)      Nuestra Organización sindical  radico ante el Doctor Andrés Villamizar  derecho de petición ( Radicación No 2019-4173010-066272-2) de 24 de mayo de 2019,  en la cual solicitaba se nombrara una comisión que revisara los casos de aquellos compañeros ubicados en las esquinas, así como el tema de las medidas de los puestos ( decreto 1284 de 1991)  hasta el momento de elaboración de este boletín informativo, no se ha recibido respuesta alguna, violando además el artículo 23 de la Constitución Nacional (derecho de petición).

2)      UGTI reconoce que ante la incompetencia y falta de control en el espacio público por parte de la administración local ( Negligencia en el manejo del espacio público) se han presentado algunos casos aislados de personas que no valoran la oportunidad que se les brinda de laborar en estos espacios públicos ocupando  con medidas que van más allá de las  autorizadas y en ese orden de ideas  hacemos un llamado constante a los compañeros para que conserven además de las medidas  un orden que incluye el aseo de su entorno, lamentablemente muchas de estas personas que abusan son nuevas, no tienen sentido de pertenencia hacia su puesto de trabajo  como si lo tienen los vendedores más antiguos.

3)      Que ante la falta de control y permisividad de la administración local se ha visto incrementado en  más de un 40 % la ocupación de espacio público por parte de comercio formal como se ha denunciado permanentemente por las redes sociales, estas intervenciones irregulares que cuentan al aparecer con el beneplácito de  algunos funcionarios incluye exhibición de mercancías, ubicación de materas, parqueaderos de motos para sus empleados ( en el andén), ubicación de conos y otros elementos fijos y movibles y frente a las cuales no se presentan operativos ni imposición de comparendos.

4)      Como organización sindical hemos  advertido a los compañeros y compañeras no caer en actos de provocación o violencia que en algunos casos son  realizadas por los funcionarios operativos de la Secretaria de Seguridad y Justicia y que incluyen  vocabulario soez contra las mujeres  y ataques psicológicos de menosprecio a  la condición humana del vendedor para hacerlo sentir menos y que no son personas con derechos, en la mayoría de los casos, estas provocaciones buscan que ante una reacción de  los vendedores se les pueda aplicar  medidas de comparendos por “irrespeto” a la autoridad.

5)      Que ante el fracaso de la Política Pública de Espacio Público, la administración municipal realiza estos operativos de "control" en donde sus funcionarios premeditadamente desconoce  las sentencias de la Corte Constitucional en los que se  reconoce la confianza legítima  de quienes laboran en el espacio público, igualmente pasa por encima de sentencias como la  C-211 y la T- 067 (reconfiguración de confianza legítima), el desconocimiento de estos derechos por parte de la administración municipal  refuerza la vulnerabilidad  de la inmensa mayoría de quienes trabajan en las ventas informales,  tal cual como lo expresa la Corte en su sentencia S-067 de 2017, “en un caso  en el cual  la entidad estatal (Alcaldía Municipal)  como titular del poder  de policía y dueña de una importante  capacidad coercitiva, se enfrenta a uno  o varios vendedores, muchas veces en condición de debilidad manifiesta”, por lo tanto “la interpretación de cualquier cláusula oscura o poco clara, debe hacerse  siempre  en favor  del vendedor informal y en contra de la administración”.

6)      La UGTI subdirectiva Valle del Cauca rechaza tajantemente cualquier intención de aplicar comparendos a los vendedores informales de la ciudad de Cali, lamentablemente ante la imposibilidad de aplicar estos comparendos por el articulo 140 numeral 4 del código de policía, algunos agentes pretenden aplicar amañadamente otros artículos como el 35, numeral 2, desconociendo que la aplicación de esto burla la sentencia C-211 de 2017 ya que todo tema que incluya el trabajo de los vendedores  pasa por la aplicación y respeto de dicha sentencia.

Por todo lo anteriormente expuesto, la UGTI Subdirectiva Valle del Cauca solicita nuevamente a la Personería Municipal realizar el acompañamiento a los operativos realizados por la administración municipal para que garanticen la defensa de los derechos de los ciudadanos que laboran en el espacio público.

Solicita a la secretaria de Seguridad y Justicia realizar la capacitación respectiva a sus funcionarios en derechos humanos, así como en el conocimiento de la estructura del estado colombiano, sus funciones y competencias, así como abstenerse de utilizar vocabulario soez y discriminatorio contra quienes laboran en el espacio público.

Como organización sindical ejerceremos nuestro derecho a realizar acompañamiento y veeduría a los operativos en el espacio público, así mismo a asesorar y darle a conocer sus derechos a los vendedores y vendedoras, respetando el actuar de las autoridades, reservándonos el derecho de realizar acciones legales cuando se observe alguna irregularidad que se violenten los derechos de los trabajadores informales.

Para todos los casos los directivos de la organización sindical se identificarán con su respectivo carnet y chaleco de color amarillo.

Finalmente hacemos un llamado a la administración del señor Maurice Armitage para que en el marco de los operáticos del control de espacio público prime el respeto por la condición humana de quienes laboran en el espacio público, así como del reconocimiento de sus derechos y de las Sentencias de la Honorable Corte Constitucional.

Atentamente

UGTI SUBDIRECTIVA VALLE DEL CAUCA

Junta Directiva.